Presidencia: 322 223 2500
UMA: 322 178 8000 y 322 226 8080
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Acta de Nacimiento menores de 180 días de nacidos

Nombre del trámite: Acta de Nacimiento menores de 180 días de nacidos.

Área reponsable: Registro Civil.

Dependencia responsable del área: Secretaría General.

Descripción del trámite: Trámite para solicitar el acta de nacimiento menores de 180 días de nacidos.

Dirigido a:

Menores de 180 días de nacidos.

Documentos obtenidos:

Acta de nacimiento

Costo:

Variable


Requisitos de la solicitud

  • Acta de Matrimonio si son CASADOS y si viven en UNIÓN LIBRE actas de nacimiento de los padres del bebé (en original Certificada y reciente -"no mayor a un año"-).

IMPORTANTE: Las actas ya no se regresan, se quedan en el expediente del Registro.

NOTA: En caso de que la mamá tenga anotación de que está casada presentar su Acta de Divorcio.

  • Si es extranjero presentar su acta reciente apostillada o legalizada según sea el caso y traducida al español con los peritos autorizados e identificarse con copia de su pasaporte y legal estancia.
  • Identificación oficial con fotografía de los padres (COPIA).
  •  Ejemplo: pasaporte, credencial para votar o carta de residencia: en caso de no tener la carta de residencia, solicitarla a Secretaría General en Ayuntamiento o Delegación que le corresponde (le solicitarán: 1 foto, copia del comprobante de domicilio y acta de nacimiento)..
  • Comprobante de nacimiento del bebé, sellada por el hospital, firma y No. de Cédula Profesional del Médico que atendió el parto (en original y copia por los dos lados).
  • Bebés de más de 6 (seis) meses, presentar inexistencias de nacimiento originales y copia de comprobante de domicilio de los padres con una vigencia no mayor a 3 (tres) meses.

NOTA: El comprobante del bebé original NO SE REGRESA.

  • Cartilla de Vacunación del bebé. (Presentarla solo en caso de tenerla).
  • En caso de que sean menores de edad algunos de los padres que pretenden registrar, deberán de presentar autorización por escrito de sus padres (abuelos del bebé), nosotros le proporcionamos la hoja de Consentimiento que ustedes deben de llenar, con identificación oficial (original y copia), para autorización de dicho registro.
  • Dos Testigos mayores de edad con identificación en copia, deben traerlos en caso contrario no podrá registrarse el bebé.

IMPORTANTE: Entregar copias de las identificaciones por los dos lados de padres y testigos en una sola hoja tamaño oficio.

 COSTOS:

  • $ 430.00 pesos M/N | Día y hora hábil
  • $ 625.00 pesos M/N | Día y hora inhábil

Detalles y ubicación

Observaciónes del trámite:

ES OBLIGACIÓN DE LOS PADRES PRESENTAR A REGISTRAR AL MENOR DENTRO DE LOS 180 DÍAS DE NACIDO. ARTÍCULOS 40 Y 141 DE LA LEY ESTATAL DEL REGISTRO CIVIL, VIGENTE. Los registros normales de nacimiento, serán gratuitos, así como la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento. En las 5 (cinco) Oficialías del Registro Civil, se brinda el servicio de Registro a domicilio [costos conforme a la Ley de Ingresos para el Municipio de Puerto Vallarta 2023

Procedimiento:

El Entregar los Requisitos anteriormente mencionados en las oficinas del Registro Civil.

Fundamento legal [Costos]:

Ley de Ingresos para el Municipio de Puerto Vallarta 2023.

Domicilio:

Presidencia Municipal (Centro) Independencia #123, Planta Baja, colonia Centro, Puerto Vallarta.

Teléfono:

(322) 223 2500 ext. 1018

Horario de caja:

Lunes a Viernes de 08:30 a 15:30 hrs.